Uno de los trámites que debes realizar una vez te hayas mudado a una vivienda en alquiler es el empadronamiento. Para ello necesitas, entre otros documentos, el contrato de alquiler. Y aquí surgen las dudas: ¿Qué sucede si no firmé un contrato? ¿Puedo empadronarme sin contrato de alquiler? En este artículo, te contamos todo lo que debes saber sobre el proceso de empadronamiento.
Descarga la Guía gratis para rentabilizar en el alquiler de tu casa
El empadronamiento consiste en darse de alta en el padrón municipal: El registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en el municipio, y que acredita el tiempo de permanencia en el territorio español. El trámite se realiza directamente en el Ayuntamiento correspondiente a la localidad donde resides.
La inscripción es obligatoria para toda persona que vive en España, independientemente de la nacionalidad o situación legal del solicitante (si tiene o no residencia o si esta está en trámite), porque es una prueba de la residencia como vecino del municipio.
¿Qué documentos necesito para empadronarme?
La documentación a presentar para la inscripción al padrón municipal tiene como objetivo acreditar la identidad y domicilio de la persona. Por tanto, lo primero que debes hacer es establecer un domicilio. Éste puede ser una vivienda propia o un piso en alquiler, la casa de un familiar o conocido. Además, debes tener a la mano estos documentos:
- Solicitud de empadronamiento. Formulario Padrón Municipal de Habitantes
- Documento de identidad. DNI, TIE o pasaporte. Fotocopia y original. En caso tener de hijos, además, deberá incluir el libro de familia.
- Documentos que acreditan la representación, en caso se asigne a otra persona para que realice el trámite en su nombre.
- Documentos que acrediten el uso de la vivienda.
a. Última factura o contrato de suministro de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas.
b. Contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación: La duración mínima será de seis meses y deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato. Fotocopia y original
c. Escritura o copia simple de propiedad de la vivienda, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad.
Recuerda que siempre la dirección y el nombre y apellidos de, al menos, una de las personas que se va a empadronar debe aparecer en el trámite de empadronamiento.
Estos documentos son los que solicita el Ayuntamiento de Madrid, pero pueden variar de acuerdo a la comunidad en la que residas. Por lo tanto, te recomendamos averiguar en la administración correspondiente sobre los requisitos.
Considera también que, salvo que seas ciudadano español o de otro Estado de la Unión Europea, la renovación del empadronamiento es cada 2 años según la Ley orgánica del 2003.
¿Por qué debo empadronarme?
En principio, debes empadronarte porque la inscripción al padrón municipal es obligatoria. No obstante, al empadronarte tienes otros beneficios:
- Es una prueba de arraigo para solicitar la regularización o permisos de residencia y trabajo.
- Accedes a prestaciones municipales y ayudas sociales.
- Te da derecho a solicitar el carné para la asistencia sanitaria.
- Es imprescindible para el canje del permiso de conducir (en el caso de existir convenio con su país de origen), y para realizar la inscripción escolar en caso de tener hijos.
¿Puedo empadronarme sin contrato de alquiler?
En el artículo 3.3 de la Resolución de 2 de mayo de 2020 del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, se establece una alternativa para el empadronamiento en infraviviendas y de personas sin domicilio. La misma señala que: se deba aceptar como domicilio cualquier dirección donde efectivamente vivan los vecinos y, por otro, que pueda y deba recurrirse a un “domicilio ficticio” en los supuestos en que una persona que carece de techo reside habitualmente en el municipio y sea conocida de los Servicios Sociales correspondientes. Por lo tanto, los Servicios Sociales verificarán y señalarán la dirección del empadronamiento del vecino.
Asimismo, señalan que inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. Por tanto, no interfiere con las condiciones del inmueble ni a la validez o no del derecho de la persona a vivir en ella, sino que la persona resida habitualmente en esa dirección.
Esperamos haber resuelto tus dudas sobre las posibilidades de empadronamiento sin contrato de alquiler. Si necesitas ayuda para responder cualquier duda sobre el proceso de empadronamiento, cuéntanoslo en comentarios.
Recuerda que, si estás buscando un piso en alquiler o quieres poner a alquilar tu casa, contacta con nosotros. Somos expertos en gestiones de alquiler de inmuebles.
¿Quieres vender o alquilar una casa?
Comunícate con nosotros al 689 92 20 08 o, si prefieres, regístrate para contactarte.