La donación en vida de un inmueble es un método alternativo a la herencia para traspasar bienes a familiares y amigos. Se puede realizar una donación en vida de una casa, pero también por ejemplo de dinero. Por supuesto, la donación en vida también está gravada por impuestos y tiene algunas diferencias sustanciales con la herencia. Sigue leyendo porque en este artículo vamos a contártelo todo.

Donación en vida de un inmueble

La donación en vida es un acuerdo en el que una persona de forma voluntaria traspasa bienes a otra persona física o jurídica de forma gratuita. 

Para que una donación en vida se haga efectiva es necesario que el donatario acepte el traspaso y puede considerarse una alternativa a la herencia

Existen diversos tipos de donaciones en vida, entre las que destacan: 

  • Donaciones puras: no están sujetas a ninguna condición. 
  • Donaciones condicionales: el donante asume ciertas condiciones y requisitos que deben cumplirse. 
  • Donaciones remuneratorias: se otorgan a una persona por los méritos que ha realizado. Es crucial que ninguna de las partes tenga deudas. 
  • Donaciones onerosas: se otorga siempre y cuando el gravamen sea inferior al valor total donado. 
  • Donación con facultad de disponer: el donante puede disponer de los bienes donados mientras esté vivo y cuando fallezca pasarán a ser del donatario. 
  • Donación con pacto de reversión: el donante puede volver a disponer de los bienes siempre que cumpla una condición específica. 
  • Donaciones universales: se dona todo el patrimonio en su conjunto. Sin embargo, no se puede donar todo el patrimonio sino que el donante debe quedarse con bienes suficientes para subsistir. 
  • Donaciones singulares: se dona un bien específico como por ejemplo una joya familiar. 

Cómo se hace una donación en vida de un inmueble

La donación de un inmueble que sea la primera vivienda o vivienda habitual del donador puede llevarse a cabo con sus descendientes y están bonificadas hasta un 95% del valor del inmueble. Esta reducción puede alcanzar un máximo de 60.000 euros o 130.000 euros si los donatarios tienen una discapacidad igual o superior al 65%. 

Para que la donación sea legal debe realizarse en escritura pública e indicarse el destino de la donación.

 A quién se puede donar un bien inmueble

Las donaciones de bienes inmuebles se pueden hacer a quién tú quieras, no hace falta que sea un familiar, pero se deben tener en cuenta dos aspectos clave. El primero es que si tienes hijos, ellos deberán por ley recibir parte de tus bienes en herencia, no podrás donarlos todos a otra persona. Y en segundo lugar, dependiendo del parentesco de la persona a quién le hagas la donación tendrás más o menos bonificaciones en los impuestos a pagar, siendo la bonificación más alta la de las donaciones a hijos. 

Qué impuestos se pagan en una donación

Son varios los impuestos que gravan las donaciones, los más destacados son los siguientes:

  • IRPF:Las donaciones deben declararse en la Renta, con la excepción de las viviendas habituales de personas mayores de 65 años. El impuesto a pagar se calcula con la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta actual, aplicando el 21%. 
  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones: la gestionan las propias comunidades autónomas y dependiendo de la ubicación tiene un valor. 
  • Plusvalía Municipal: este impuesto grava el incremento del valor del suelo urbano y lo gestionan los ayuntamientos. En los últimos años ha sufrido muchas modificaciones, por lo que consulta en otros artículos en qué situación está ahora mismo. 

Quién paga los impuestos en una donación

En cuanto a quién paga los impuestos en una donación, el donante, es decir, la persona que dona el inmueble debe pagar el impuesto correspondiente en su Declaración de la Renta, mientras que el donatario, o lo que es lo mismo, la persona que recibe el inmueble en donación, pagará el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía.

¿Quieres saber qué forma de traspaso de inmuebles te conviene más? Contacta con nosotros y estudiaremos tu caso de forma personalizada para asesorarte. 

¿Necesitas ayuda con las gestiones de tu vivienda?

Estamos listos para ayudarte en cualquier gestión inmobiliaria. Llámanos al 689 922 008, si prefieres, regístrate para contactarte.

    Responsable del tratamiento: WeGet Solutions S.L. Finalidad: Poder solicitar que nos pongamos en contacto con usted vía online o telefónica en el caso que nos lo indique. Ejercicio de derechos: Podrá ejercer sus derechos en materia de protección de datos, en los términos establecidos por la normativa, a la siguiente dirección: dpd@wegetinmobiliaria.com. Para más información sobre el tratamiento de sus datos acceda al apartado: “Política de privacidad”

    Deja un comentario

    Este sitio esta protegido por reCAPTCHA y laPolítica de privacidady losTérminos del servicio de Googlese aplican.

    El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.