El certificado corriente de pago de la comunidad de propietarios es un documento que suscita muchas dudas cuando uno de los propietarios quiere vender su propiedad. Este certificado de pago de la comunidad de propietarios tiene como objetivo acreditar que en el momento de la firma del contrato de compraventa que el propietario que vende está al corriente del pago de los gastos de la comunidad, tanto ordinarios como extraordinarios que haya pendientes, incluso con vencimiento futuro.

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    El certificado de estar al corriente del pago de la Comunidad debe estar firmado por el propietario de la vivienda y el secretario de la comunidad y debe presentarse ante notario.

    Entonces, ¿quién emite certificado Comunidad de Propietarios?

    La Ley dice que el certificado de la Comunidad de Propietarios debe ser emitido por el secretario de la comunidad y el presidente de la comunidad, tenga la finca o no contratado un administrador.

    Tenga o no administrador, el presidente se limita a dar el visto bueno al certificado corriente de pago comunidad de propietarios, pero es el secretario el que lo confecciona previamente.

    Solo en el caso de Cataluña, si el cargo de secretario de la comunidad lo ostenta un administrador, no será necesario que el presidente valide el certificado.

    ¿Cuánto cuesta un certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad?

    Una de las cuestiones más comunes al respecto es cuánto cuesta un certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad y para responder a esta pregunta debemos tener en cuenta de que el certificado solo tendrá coste si es emitido por un administrador de fincas, del mismo modo que se debe pagar en todos los supuestos los servicios del notario.

    Si quieres vender tu casa y necesitas un certificado corriente de pago comunidad de propietarios, contacta con nosotros y te asesoraremos y ayudaremos en todo el proceso de confección del certificado y las gestiones con tu comunidad.

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