La cédula de habitabilidad es un documento que acredita si una vivienda reúne los requisitos técnicos e higiénico-sanitarios mínimos y es necesaria tanto para contratar servicios y suministros como para vender o alquilar la casa.
Este documento debe acreditarlo un arquitecto o un aparejador, quién debe certificar que el inmueble cuenta con los requisitos sobre superficie útil y equipamientos.
Requisitos para obtener la cédula de habitabilidad
Los requisitos de la cédula de habitabilidad varían según la comunidad autónoma pero en general están relacionados con la superficie útil y la distribución de la altura, así como la altura mínima exigida en cada habitación.
Asimismo, suele exigir que el inmueble figure en el Castrato y otros aspectos relacionados con la salubridad y la seguridad de la vivienda.
Tipos de cédula de habitabilidad
Podemos diferenciar varios tipos de cédula de habitabilidad:
- La cédula de habitabilidad de primera ocupación es la que entrega el Ayuntamiento al promotor.
- La cédula de habitabilidad de primera ocupación por rehabilitación certifica los inmuebles que han sufrido una reforma relevante.
- La cédula de habitabilidad de segunda ocupación se da a viviendas ya edificadas y habitadas anteriormente.
Vigencia de la cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad tiene una vigencia determinada que también depende de la comunidad autónoma, pero que en general asciende a 15 años dependiendo de la fecha de otorgamiento.
En el caso de las Cédulas de habitabilidad de primera ocupación otorgadas antes del 2004, la vigencia fue de 10 años, por lo que ahora están ya todas caducadas. Si se entregaron entre 2004 y 2012 su vigencia es de 15 años, mientras que las posteriores a 2021 tendrán validez 25 años.
En el caso de las cédulas de habitabilidad de segunda ocupación, su validez es de 15 años.
Si tu cédula de habitabilidad ha caducado y quieres vender o alquilar tu vivienda o dar de alta algunos suministros, tendrás que renovarla. El procedimiento de renovación es similar al de solicitud, por lo que necesitarás que un arquitecto o aparejador visite tu vivienda y certifique que cumple todos los requisitos. Cuando lo haga deberá emitir un certificado visado por el Colegio de Arquitectos y deberás presentarlo a la autoridad competente.
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