Una de las piezas clave en la declaración de la renta es la vivienda, sobre todo si está en alquiler. Calcular impuestos del alquiler de una vivienda no es tan complicado pero debes conocer algunas cuestiones y casuísticas que pueden cambiar la manera en la que debes pagar tus impuestos si tienes una vivienda en alquiler.

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    En primer lugar, es imprescindible destacar que incluir el alquiler de tu vivienda en la renta es obligatorio, si no quieres arriesgarte a pagar la multa correspondiente a Hacienda. 

    A grandes rasgos, el funcionamiento de los impuestos para el propietario de una vivienda alquilada es muy sencillo: el propietario recibe un dinero por el alquiler de su vivienda al que se le pueden restar una serie de gastos relacionados con impuestos de la vivienda, pagos de comunidad y mantenimiento. Así, a la cifra resultante de restar los gastos a los ingresos, se le aplica una reducción del 60% si la casa está alquilada como vivienda y no como negocio. El resultado se suma a la base imponible general del propietario, donde, para que lo entiendas, también va su salario y este sobre el total de esta base imponible sobre la que se calcula el pago del IRPF.

    Lo más importante a la hora de alquilar una vivienda de forma legal es incluir los datos de tu vivienda en el apartado correspondiente de tu declaración de la renta. Si es el primer año que alquilas la vivienda pero ya contabas con ella como segunda residencia debes indicar el número de días que no ha estado alquilada. Esto también es importante si por ejemplo dispones de una vivienda vacacional que alquilar durante todo el año excepto los meses de verano en los que la reservas para tu propio uso y disfrute.

    Con estos datos, Hacienda calculará la renta que no debe imputarte por los gastos que correspondan a los días en los que la vivienda ha estado vacía ya que la Agencia Tributaria da por sentado que una casa vacía puede generar una alquiler por lo que si el propietario no aprovecha esta oportunidad, está perdiendo la oportunidad. Esto significa que si la vivienda está alquilada solo durante 10 meses, hacienda solo imputará los gastos que correspondan a esos 10 meses, por lo que solo podrás restar a los ingresos del alquiler esos gastos concretos.

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    Impuestos vivienda vacacional

    ¿Qué pasa con los impuestos de una vivienda vacacional? Este tipo de régimen de alquiler se ha hecho más popular en los últimos años, por lo que La Ley lo sigue muy de cerca para que no exista ningún fraude al respecto. 

    Hasta hace pocos años, los alquileres vacacionales se regían por la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero ahora su normativa es responsabilidad de las Comunidades Autónomas, por lo que no hay un marco estatal que regule los impuestos de vivienda vacacional. 

    La normativa vigente sobre viviendas vacacionales distingue dos tipologías, los alquileres vacacionales con servicios de hospedaje y los alquileres vacacionales sin prestación de servicios. En este artículo vamos a centrarnos en el segundo de los casos ya que es el más habitual en personas físicas con viviendas en alquiler, que pueden alquilarlas en régimen vacacional de forma sencilla gracias a plataformas como airbnb, por ejemplo. 

    En este sentido, los beneficios de los alquileres vacacionales sin prestación de servicios no se consideran derivados de una actividad económica. Sin embargo, aunque no deberás pagarlo, si deberás inscribir tu vivienda en el Impuesto de las Actividades Económicas, para que quede constancia de tu alquiler vacacional ante La Ley. 

    Los impuestos que sí deberán pagar los alquileres vacacionales es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y, por supuesto, el IRPF. En el caso del IRPF la imputación de renta suele oscilar entre el 1% y el 2,2% del valor catastral de la propiedad.

    Impuestos alquiler vivienda no residentes

    Según La Ley, todos los no residentes que tengan un inmueble en España deben tributar por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, el Impuesto sobre Patrimonio y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 

    Un no residente es una persona que tiene una vivienda en España pero no hace uso de ella de forma continuada o habitual. Si la vivienda se destina a segunda residencia o se tiene desocupada, se deberá pagar una cantidad a la Agencia Tributaria en función del valor catastral de la vivienda, con un tipo de gravamen general del 24% y una reducción al 19% si el contribuyente reside en otro estado miembro de la Unión Europea, Islandia o Noruega. 

    Otros impuestos que se deben pagar por el alquiler de vivienda de no residentes son el Impuesto sobre Patrimonio y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

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