En un emocionante desarrollo, la Comisión Europea ha dado el visto bueno a la petición de España de extender el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, lo que incluye una prórroga temporal de un año a las ayudas fiscales destinadas a la rehabilitación de viviendas. Esto significa que las ayudas ahora estarán disponibles para su solicitud hasta finales de 2024, un año más de lo inicialmente previsto.
El propósito de este plan, conforme al Real Decreto-Ley 19/2021 del 5 de octubre, es mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario en España. El objetivo es avanzar hacia el cumplimiento de los objetivos de rehabilitación de edificios, esenciales para alcanzar los retos establecidos en materia de energía y cambio climático. Esto forma parte integral del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Deducciones Fiscales Temporales
Este plan también incorpora tres nuevas deducciones temporales en la cuota íntegra estatal del IRPF, aplicables a las inversiones en obras de rehabilitación que contribuyan a mejorar la eficiencia energética de las viviendas. Estas deducciones pueden aplicarse siempre que la vivienda sea la residencia habitual del contribuyente o esté alquilada como vivienda, de acuerdo con la legislación vigente. La vivienda debe satisfacer las necesidades de vivienda permanentes del arrendatario. Además, esta normativa es aplicable a edificios residenciales en su totalidad. Para ser elegibles, las mejoras deben contar con un certificado de eficiencia energética emitido por un profesional acreditado.
Ayudas del 20% para la reducción de la demanda de frío y calor
Los contribuyentes pueden deducirse un 20% de las inversiones realizadas, con un máximo anual de 5,000 euros. Estas reformas deben llevarse a cabo antes de que finalice 2024 y requieren un certificado de eficiencia energética fechado antes del 1 de enero de 2025. Esto es aplicable a viviendas habituales y viviendas alquiladas, excluyendo garajes, trasteros y otras áreas comunes.
Ayudas del 40% para la reducción del consumo de energía primaria no renovable:
La deducción del 40% se aplica a mejoras realizadas en la vivienda habitual del contribuyente o en una vivienda alquilada, siempre que el contrato de alquiler se haya formalizado antes del 31 de diciembre de 2024. La base máxima anual para esta deducción es de 7,500 euros. Para calificar, la vivienda debe reducir el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30% o haber obtenido una calificación energética ‘A’ o ‘B’.
Ayudas del 60% para obras en edificios residenciales
Los propietarios de viviendas en edificios de uso residencial que realicen obras de rehabilitación energética pueden deducirse el 60% de las inversiones realizadas, con un máximo deducible de 15,000 euros. Para calificar, las obras deben lograr una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o mejorar la calificación energética a ‘A’ o ‘B’. Garajes, trasteros y áreas comerciales no son elegibles para esta deducción.
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