Las Viviendas de Protección Oficial tienen características legales muy concretas ya que su objetivo principal es facilitar el acceso a la vivienda a personas con rentas limitadas. Por ello, una vez adquirimos la vivienda hay que esperar un periodo de tiempo para descalificar, alquilar o vender una VPO. Si estás pensando en alquilar tu vivienda de protección oficial, toma nota porque vamos a contarte cómo alquilar una VPO en Madrid.
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El primer aspecto que debes tener en cuenta para alquilar una VPO en Madrid es la tipología exacta del inmueble: VPO, VPP, VPPB, VPPL. Seguidamente, debes conocer cuándo se puede alquilar la vivienda de protección.
Cuándo se puede alquilar un piso de vpo
Es necesario que haya transcurrido el plazo establecido por el Real Decreto al que se acogen estas viviendas y que regula las ayudas económicas recibidas. Si en el momento del alquiler, todavía no se ha cumplido el periodo de protección, se necesitará autorización previa y se deberán devolver las ayudas recibidas.
En este sentido, el periodo de protección suele ser entre 5 y 10 años. Durante ese tiempo no está permitido realizar ningún tipo de trámite, ya sea alquiler o venta del inmueble. Sin embargo, este periodo estará condicionado por el tipo de ayudas que hayamos recibido por la vivienda:
- Si ha recibido financiación de un Plan Estatal no se podrá ceder el uso durante un periodo de 10 años.
- Si la financiación ha sido concedida por la Comunidad Autónoma, el plazo será de 5 años.
Cómo calcular el precio del alquiler de la vivienda VPO
Si quieres fijar el precio de la vivienda protegida, debes tener en cuenta la Renta Máxima Inicial para el alquiler de una vivienda VPO.
Para calcular la Renta Máxima inicial se debe conocer el precio máximo por M2, que se regula por la Orden de la Consejería de la Comunidad Autónoma de Madrid y dependerá de la zona en la que se encuentre la vivienda.
Es conveniente que consultes los baremos de precios por zona, pero para aclarar el cálculo, indicamos un ejemplo de RMI:
Tenemos una vivienda de 80m2 según la tabla situada en la zona B. En esta zona el Precio Máximo de Renta Anual está en 86,72€/m2. Por lo tanto:
- RMI Anual= 86,72×80= 6.937,6€
- RMI Mensual= 6.937,6/12= 578,13€
Cómo alquilar una Vivienda de Protección Oficial
En primer lugar, para alquilar una vivienda VPO es necesario redactar un contrato de arrendamiento sujeto a la normativa de Arrendamientos Urbanos vigente. En este contrato se deberá especificar la vivienda en alquiler y los anexos vinculados, así como las siguientes cláusulas obligatorias:
Datos a tener en cuenta para alquilar una VPO
Para alquilar una VPO habrá que redactar un contrato de arrendamiento sujeto a la normativa de Arrendamiento Urbanos vigente. Para ello, es necesario solicitar el visado del contrato de arrendamiento, abonando previamente la tasa 7802 del modelo 030.
En dicho contrato hay que especificar que se alquila la vivienda con todos los anejos vinculados. Según el Art.15 del Real Decreto 11/2005 en el contrato deberán aparecer unas cláusulas de obligatorias:
- La vivienda está sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas por la ley reguladora. Así, las condiciones de utilización serán las señaladas en la calificación definitiva y los precios de renta no podrán exceder de los límites establecidos.
- El arrendador se obliga a entregar las llaves de la vivienda en el plazo máximo de tres meses.
- El arrendador o propietario se obliga a entregar al arrendatario un ejemplar del contrato debidamente visado por la Consejería competente.
- El subarriendo total o parcial de la vivienda dará lugar a la resolución del contrato.
- El alquiler de una VPO no está permitido para empresas o sociedades. Solo podrá alquilarla o arrendarla las personas físicas.
Por último, una vez formalizado el contrato y recibida la fianza, se depositará un mes de dicha fianza en la Comunidad de Madrid.
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